Ingresó al Senado el proyecto que declara de orden público la decisión de la ONU sobre deuda soberana - Política y Medios
29-03-2024 - Edición Nº5901

Ingresó al Senado el proyecto que declara de orden público la decisión de la ONU sobre deuda soberana

El proyecto de Ley que declara de “orden público” los “Principios Básicos de los Procesos de Reestructuración de la Deuda Soberana” ingresó hoy al Senado de la Nación donde será debatido en comisión a partir de la próxima semana.

Fuentes del Frente para la Victoria señalaron a Télam que la intención del oficialismo es darle un “rápido tratamiento” a la iniciativa elevada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner el viernes pasado, y en ese sentido ya se decidió debatirlo en la sesión ordinaria programada para la primera semana de octubre.
El proyecto contiene los basamentos de lo aprobado por Naciones Unidas, a instancias de la Argentina, sobre reestructuración de deudas.

Al momento de anunciarlo, la jefa del Estado advirtió que “si caemos otra vez en un proceso de endeudamiento y accedemos a las demandas usurarias de los fondos buitre, todo esto que hicimos en los últimos 12 años se puede venir abajo” y consideró que la resolución de la ONU resulta “un legado para la humanidad” y destacó la necesidad de transformarla en una ley por el Congreso.

El principal impacto práctico que tienen estos principios es que se establece que cuando una propuesta de restructuración es aprobada por una amplia mayoría de tenedores de bonos, la minoría restante debe aceptarla y no puede apelar a otras instancias, como sucedió con los fondos buitre en los tribunales de Nueva York.

De esta manera se busca cerrar el paso a que quienes no entraron en las reestructuraciones, para que algo más del 1 por ciento de los tenedores -como sucedió en el caso argentino- no pongan en peligro todo el proceso de canje cuando la aceptación fue del orden del 92 por ciento.

Entre los “Principios” se destaca que los Estados tiene derecho a reestructurar su deuda soberana, lo que no debe verse “frustrado ni obstaculizado por medidas abusivas” y postula también que la reestructuración debe hacerse “como último recurso, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores”.

Además apunta a promover la transparencia “para aumentar la rendición de cuentas de los interesados”, compartiendo tanto datos como procesos relacionados con la renegociación de la deuda.

Por su parte, los acreedores tendrán derecho a recibir el mismo trato en proporción con su crédito y con las características de este.

En los principios se deja en claro que la cuestión de la “inmunidad soberana de jurisdicción y ejecución en materia de reestructuración de la deuda soberana es un derecho de los Estados ante los tribunales internos extranjeros, y las excepciones deberán interpretarse de manera restrictiva”, para evitar embargos de embajadas o buques.

Explicita además, el principio de “sostenibilidad” que apunta a que en todas las reestructuraciones se debe preservar “los derechos de los acreedores” y promover “el crecimiento económico” de los Estados “minimizando los costos económicos y sociales, garantizando la estabilidad del sistema financiero internacional y respetando los derechos humanos”.
Fuente: Télam
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