El Gobierno liberó los precios de tarifas de internet, celulares y cable - Política y Medios
10-06-2024 - Edición Nº5974

AUMENTOS INMINENTES

El Gobierno liberó los precios de tarifas de internet, celulares y cable

La administración de Milei eliminó una normativa de Unión por la Patria (UxP) que otorgaba al ENACOM facultades para intervenir en los aumentos de los servicios por considerarlos esenciales.

El Gobierno nacional anuló el DNU de la administración de Alberto Fernández que establecía un control de los precios de las telecomunicaciones tras declararlas servicio esencial, desregulando las tarifas a voluntad de las empresas.

El decreto 690 congeló los precios durante algunos meses e intentó controlar los aumentos sin mayor éxito debido a disposiciones de la justicia que dieron lugar a las medidas cautelares interpuestas por las compañías del rubro.

Las tarifas de los servicios de internet, celulares y TV por cable de ahora en más quedarán en manos del ‘mercado’, eufemismo para el reducido grupo de compañías que abarcan casi la totalidad de la oferta.

El decreto 302/2024 salió publicado en el Boletín Oficial de este miércoles y asevera que “resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”.

En este sentido, se enfatizó que “los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.

La parte derogada es la que rezaba que “las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia, las de los prestados en función del Servicio Universal y de aquellos que determine la Autoridad de Aplicación por razones de interés público, podrán ser reguladas por ésta”.

La autoridad de aplicación, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), ya no podrá operar regulando los aumentos en los servicios considerados esenciales.

También se eliminó el artículo 15 de la ley, que reconocía “el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC”. Sobre esto, se aclara que “el Servicio Básico Telefónico mantiene su condición de servicio público”.

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